top of page
Skyscrapers

¡NUEVA LEY PARA LAS EMPRESAS!

Ley de Transparencia Corporativa
Lo que su empresa necesita saber

Nueva ley que afectará a las empresas en 2024

Una nueva ley que afecta a las entidades comerciales entrará en vigor el 1 de enero de 2024, y los abogados de Hourigan, Kluger y Quinn, PC, desean brindarle información sobre sus requisitos. Tenga en cuenta que esta información se basa en la normativa vigente y podría estar sujeta a cambios.

La Ley de Transparencia Corporativa (CTA, por sus siglas en inglés) exige que diversas organizaciones presenten electrónicamente un informe ante la Red de Control de Delitos Financieros (FinCEN, por sus siglas en inglés) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, el cual contiene información sobre los beneficiarios finales y los solicitantes de registro de la empresa. Este mensaje ofrece un resumen de los requisitos clave de la Ley y lo que necesita saber para cumplirla.

Hourigan, Kluger & Quinn puede ayudar a su empresa a cumplir con los requisitos legales para presentar la documentación necesaria. Para obtener asesoramiento personalizado, comuníquese con la abogada Tara Giarratano por correo electrónico a tgiarratano@hkqlaw.com o llame al 570-287-3000.

Quiénes pueden ser

Propietarios beneficiarios...

Los beneficiarios finales de una empresa son aquellas personas que, directa o indirectamente, ejercen un control sustancial sobre ella o poseen o controlan al menos el 25 % de las participaciones accionariales de la organización. El control sustancial se define de forma amplia y puede aplicarse a cualquier persona con capacidad para tomar decisiones importantes en nombre de la empresa. La participación accionarial también se define de forma amplia y puede referirse a derechos que no se clasifican como deuda ni capital.

Quiénes pueden ser

Solicitantes de la empresa...

Los solicitantes de la empresa son personas físicas que presentan directamente y son los principales responsables de presentar, dirigir o controlar la presentación de los documentos de constitución de la organización.

La Ley de Transferencias de Crédito (CTA) entrará en vigor el 1 de enero de 2024.
Los informes no se pueden presentar antes de esa fecha.

Las empresas creadas antes del 1 de enero de 2024 no tienen que informar la información del solicitante y tendrán hasta el 1 de enero de 2025 para informar toda la demás información, incluida la información del beneficiario final.

Las nuevas empresas registradas a partir del 1 de enero de 2024 deberán comunicar toda la información que se detalla a continuación, incluida la información del solicitante de la empresa, en un plazo de 30 días a partir de la recepción de la notificación de su constitución o registro efectivo.

Entidades cubiertas:

La norma de presentación de informes se aplica a las corporaciones, las sociedades de responsabilidad limitada y cualquier otra entidad creada mediante la presentación de un documento ante la Secretaría de Estado o su equivalente en una tribu indígena. La norma también se aplica a las entidades extranjeras registradas para operar en cualquier estado o jurisdicción tribal.

Información que debe ser reportada:

  • Nombre comercial y cualquier nombre comercial registrado (d/b/a)

  • Dirección comercial

  • Jurisdicción de constitución (el estado donde se constituyó la empresa, que puede ser diferente de donde se encuentra actualmente).

  • Número de identificación fiscal (TIN, EIN, etc.)

  • Nombre legal completo, fecha de nacimiento y direcciones actuales de residencia o trabajo. Además, número de identificación del permiso de conducir o pasaporte, junto con una fotografía, de los beneficiarios finales y solicitantes de la empresa.

Ante cualquier cambio en la información reportada, se deberá presentar un informe actualizado en un plazo de 30 días. Existe un plazo de gracia de 90 días para corregir errores u omisiones en el informe. El incumplimiento intencional de la obligación de reportar puede acarrear sanciones civiles o penales.

Es posible que su empresa no esté obligada a presentar la declaración.
Las siguientes entidades están actualmente exentas de la CTA.

  • Empresas con 20 o más empleados a tiempo completo en EE. UU. y más de cinco millones de dólares en ingresos procedentes de EE. UU. y presencia operativa física en EE. UU.

  • Emisores registrados ante la SEC

  • Bancos y otras empresas de servicios monetarios registradas en la Red de Control de Delitos Financieros del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos.

  • Entidades registradas conforme a la Ley de Intercambio de Materias Primas, sociedades de inversión registradas o asesores de inversión, intermediarios de bolsa y asesores de fondos de capital riesgo registrados.

  • Compañías de seguros o agentes de seguros con licencia estatal

  • Firmas de contabilidad

  • Servicios públicos

  • entidades exentas de impuestos

  • Empresas inactivas

    • Empresas que existían antes del 1 de enero de 2020 y

    • Ya no se dedica a los negocios activos y

    • No es propiedad de una persona extranjera, ya sea directa o indirectamente o total o parcialmente y

    • No hubo cambios de propiedad en el período de 12 meses anterior y

    • No ha enviado ni recibido ningún fondo superior a 1.000 dólares, directa o indirectamente, en los 12 meses anteriores .

    • No posee activos ni participa en ninguna otra entidad.

HKQ está aquí para ayudar a su empresa a cumplir con la ley mediante la correcta presentación de la información requerida.

Si tiene alguna pregunta, póngase en contacto con nosotros.

Puede contactar a la abogada Tara Giarratano por correo electrónico a tgiarratano@hkqlaw.com o llamar al 570-287-3000.

HKQ_BTS_026.jpg

No dejamos piedra sin remover.

Fundada en la década de 1940, el lema de la firma, "Nadie trabajará más duro por usted®", se basa en nuestra convicción fundamental de que el trabajo duro y la preparación son las claves del éxito en los tribunales.

Hablemos.

Teléfono:

Correo electrónico:

570-287-3000

hkq@hkqlaw.com

Oficina de Kingston:

600 3rd Ave
Kingston, PA 18704

  • Facebook
  • Instagram
  • X
  • LinkedIn
HKQ Invertido.png

© 2026 Hourigan, Kluger y Quinn, Abogados. Todos los derechos reservados.

Sitio web desarrollado para HK&Q® en colaboración con Ryan Leckey Media .

bottom of page